
El stock de deuda trepó de $9,6 billones a más de $20,3 billones.
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A partir de este mes, los jubilados comenzarán a cobrar los haberes atados por inflación.
Nacionales01/07/2024El Gobierno otorgará un bono extraordinario para los jubilados y pensionados por un monto máximo de $70.000 que se abonará en el mes de julio.
Según el Decreto 552/2024 publicado este lunes en el Boletín Oficial, este se suma al aumento del 4,2% (inflación de mayo) que ya está fijado por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES).
De esta forma, los haberes mínimos aumentarán de $206.931 a $215.600, más el bono de $70.000 que resulta en $285.600. El haber máximo subirá de $1.392.450 a una cifra cercana a $1.450.900. Este reajuste alcanzará a todos los ingresos del régimen general y a las prestaciones no contributivas, como la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), que equivale al 80% del haber mínimo.
En una parte del documento, el Gobierno menciona el cambio de la fórmula de movilidad jubilatoria desde este mes, "disponiéndose la actualización mensual de los haberes previsionales de acuerdo con las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor Nacional, publicado por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS (INDEC)". En ese sentido, indica que el objetivo es "con la finalidad de mantener el poder adquisitivo de las prestaciones previsionales de los adultos mayores, evitando así que continúen perdiendo su capacidad de compra".
Durante los primeros siete meses del año, los haberes previsionales (excluyendo bonos y adicionales) habrán experimentado un aumento acumulado del 104%. En marzo, el incremento fue del 27,18% debido a la fórmula establecida por la ley 27.609, vigente desde 2021. A partir de abril, comenzaron a aplicarse los cambios introducidos por decreto: ese mes, los haberes aumentaron un 27,4%, en mayo un 11,01%, y en junio un 8,83%. Desde abril, los aumentos se realizan mensualmente y están ajustados por inflación, además de incluir un 12,5% adicional en concepto de “incremento extraordinario”.
En el decreto publicado esta madrugada en el Boletín Oficial, el Gobierno estableció que para aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior al haber mínimo previsional garantizado, el importe máximo del bono será igual al monto necesario para alcanzar el tope que resulte de la suma de dicho haber mínimo más el monto máximo del bono en cuestión.
La asistencia que se otorga por el presente decreto “tendrá carácter de no remunerativo y no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto”.

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