
Caucete: condenaron a un hombre por golpear, amenazar y controlar a su expareja

Un nuevo fallo judicial en Caucete dejó al descubierto una trama de acoso, violencia física y control sistemático. Jorge Luis Rojas Sánchez, de 39 años, fue condenado por la Unidad Fiscal de Abordaje Territorial e Investigación de Violencia de Género (UFI CAVIG) a la pena de un año de prisión de cumplimiento condicional, tras reconocer su responsabilidad en múltiples agresiones cometidas contra su ex pareja.
El primer episodio imputado ocurrió la noche del 26 de julio de 2025, cuando Rojas Sánchez invitó a cenar a la víctima y luego la trasladó hasta su casa en Caucete. Cerca de las 6:00 de la mañana del día siguiente, mientras la mujer descansaba en su habitación, el agresor tomó su celular, comenzó a revisarlo y la encaró violentamente. Acto seguido, la agarró del cabello, la tiró al suelo causándole lesiones y estrelló el teléfono contra la pared mientras la insultaba.
El hostigamiento continuó con el paso de los meses. El 1 de julio de 2026, el imputado volvió a amenazarla al enterarse de que la víctima planeaba asistir a una peluquería y a una reunión de excompañeros de escuela. Pocas semanas después, el 5 de agosto, la abordó nuevamente mientras ella conversaba con un amigo dentro de un vehículo: allí desató una escena de celos, le apretó la mano, le rompió la remera de un tirón y la amenazó de muerte antes de darse a la fuga.
Tras la denuncia radicada en la UFI CAVIG, el equipo fiscal encabezado por el Dr. Leonardo Arancibia, junto a las ayudantes fiscales Dras. Gemma Luján y Giuliana Carosio y el auxiliar Dr. Daniel Lisandrello, llevó adelante la investigación preparatoria. Ante la contundencia de las pruebas, el acusado aceptó su responsabilidad para resolver la causa mediante un juicio abreviado.
En la audiencia celebrada el 24 de agosto de 2026, la Justicia declaró a Rojas Sánchez autor de los delitos de lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género (dos hechos), amenazas simples, daño (dos hechos) y desobediencia a una orden judicial, todos en concurso real.
Al carecer de antecedentes penales, la condena no será de cumplimiento efectivo en un penal, pero durante dos años deberá cumplir estrictas reglas de conducta que le prohíben de forma absoluta acercarse, contactar o realizar actos molestos contra la víctima.


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