
El Presidente Milei declaró la Emergencia Agropecuaria en San Juan

El alcance es desde el 1° de abril de 2025 hasta el 31 de marzo de 2026 y comprende a producciones frutihortícolas perjudicadas por las recientes inclemencias, temporal, granizo y Peronóspora en los departamentos de Angaco, 9 de Julio, Caucete, Chimbas, Sarmiento, Santa Lucía, Pocito, Rivadavia, Rawson, San Martín, Zonda, Iglesia, 25 de Mayo, Albardón, Ullum y Jáchal.
Los productores alcanzados deberán presentar certificados extendidos por las autoridades provinciales para acceder a los beneficios previstos en la ley 26.509 y sus modificatorias.
La normativa dispone además que las entidades bancarias nacionales y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) deberán arbitrar los medios necesarios para garantizar el acceso a los beneficios establecidos por la ley.


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